Fianza de alquiler en Cataluña: depósito en el INCASÒL

Cómo depositar y recuperar la fianza de alquiler en Cataluña: trámites con el INCASÒL, plazos, sanciones y certificado de depósito.

Fianza de alquiler en Cataluña: depósito en el INCASÒL Obligación de depósito En Cataluña, el propietario está obligado a depositar la fianza del alquiler en el Institut Català del Sòl (INCASÒL) en un plazo de 2 meses desde la firma del contrato. → Contexto general: Guía completa de fianzas Importe - Vivienda habitual : 1 mensualidad - Local comercial / uso distinto : 2 mensualidades - Garantías adicionales : máximo 2 mensualidades (no se depositan en INCASÒL) Cómo depositar la fianza Trámite online (recomendado) 1. Accede a la web del INCASÒL → Fianzas → Depósito 2. Identifícate con certificado digital o idCAT 3. Rellena los datos del contrato y del inmueble 4. Ingresa el importe por transferencia o tarjeta 5. Descarga el certificado de depósito Trámite presencial - Oficinas del INCASÒL en Barcelona y delegaciones territoriales - Necesitas: contrato firmado, DNI/NIE, datos bancarios Sanciones por no depositar Plazo de incumplimiento Sanción --- --- Hasta 12 meses Leve: hasta 900 € 12-24 meses Grave: 901-9.000 € Más de 24 meses Muy grave: 9.001-90.000 € Además, el INCASÒL puede reclamar de oficio el depósito con intereses. Devolución de la fianza Al finalizar el contrato 1. El propietario solicita la devolución al INCASÒL 2. Presenta el documento de liquidación de fianza 3. INCASÒL devuelve al propietario en 21 días hábiles 4. El propietario devuelve al inquilino Plazo para el inquilino El propietario debe devolver la fianza al inquilino en 1 mes desde la entrega de llaves (art. 36.4 LAU). Certificado de depósito El inquilino tiene derecho a solicitar el certificado de depósito de la fianza . Esto le permite: - Verificar que el propietario cumplió con su obligación - Protegerse ante posibles cambios de propietario - Reclamar en caso de retención indebida Particularidades de Cataluña - Ley 18/2007 del derecho a la vivienda refuerza la obligación de depósito - Decreto 147/2020 : regulación detallada del procedimiento - El INCASÒL publica informes anuales sobre fianzas depositadas - La Agència de l'Habitatge de Catalunya fiscaliza el cumplimiento Preguntas frecuentes ¿El inquilino puede depositar directamente? No. La obligación es del propietario. Si no lo hace, el inquilino puede denunciarlo. ¿Qué pasa si cambio de propietario? El nuevo propietario se subroga y puede solicitar al INCASÒL el cambio de titular. --- Artículo revisado por el equipo jurídico de alquileres.net. Última actualización: septiembre 2026.